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OTRO FALLO CONTRA LOS AUMENTOS DE LAS PREPAGAS
Un juez federal ordenó retrotraer los aumentos a los valores de diciembre y devolver lo cobrado a sus afiliados a través de créditos a cuenta.
Actualidad 03 de mayo de 2024 Christian DeviaEl juez en lo civil y comercial federal Juan Rafael Stinco ha emitido una medida cautelar de resolución urgente en el amparo iniciado por el gobierno nacional a través de la Superintendencia de Servicios de Salud contra las empresas de medicina prepaga. En esta medida, Stinco ordena a las empresas retrotraer el monto de los valores de las cuotas vigentes al mes de diciembre de 2023 y actualizar los valores de conformidad con el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que elabora mensualmente el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC).
La medida cautelar también establece que los afiliados tendrán un crédito a favor de cada uno de ellos por los excedentes cobrados, y las empresas tienen un plazo de cinco días para presentar un plan de acción para efectivizar la devolución dineraria. En caso de incumplimiento, se tomarán las medidas necesarias para garantizar su cumplimiento.
El juez Stinco fundamenta su decisión en la necesidad de preservar el derecho constitucional a la salud de las personas humanas, siguiendo la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Destaca que los incrementos de las empresas fueron resueltos unilateralmente y que el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70 de desregulación de la economía no dispuso ningún aumento automático.
En su resolución, el juez también hace referencia al contexto inflacionario que atraviesa el país y la importancia de otorgar una protección cautelar amplia para evitar daños o agravamientos en la salud de los ciudadanos. Advierte sobre el riesgo de que los aumentos en las cuotas mensuales impuestos por las empresas afecten la cobertura médica y provoquen la suspensión del servicio de medicina prepaga para numerosos afiliados.
Si bien reconoce que la aplicación de la inflación como medida para el aumento de las cuotas no es competencia del Poder Judicial, Stinco considera que en este caso particular es necesario recurrir a un índice objetivo para dar tutela provisional a los derechos en juego.
Esta medida cautelar representa un paso significativo en la protección de los derechos de los afiliados a las empresas de medicina prepaga en Argentina. Ahora queda por ver cómo responderán las empresas a esta orden judicial y cómo afectará esta decisión a los usuarios del sistema de salud privado en el país.
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